¿Qué pasa si el presidente de la comunidad vende su piso?

¿Qué pasa si el presidente de la comunidad vende su piso?

La vida en una comunidad de vecinos, está en constante movimiento: ventas de pisos, alquileres, herencias… Y todos estos cambios influyen, de una manera u otra, en el día a día de la comunidad de propietarios.

Una de las dudas más frecuentes que recibimos en Remax Action es: “¿Qué ocurre si el presidente de la comunidad vende su vivienda?” ¿Sigue siendo presidente hasta el final de su mandato? ¿Dimite automáticamente? ¿Cómo se nombra al nuevo presidente?

Vamos a resolverlo paso a paso, apoyándonos en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la jurisprudencia y la práctica habitual de las comunidades.

 

¿El presidente cesa automáticamente al vender el piso?

Sí. Según el artículo 13.2 de la LPH, el cargo de presidente está reservado únicamente a los propietarios.

Por lo tanto, si el presidente vende su vivienda, pierde la condición de propietario y, automáticamente, deja de ser presidente. No hace falta acuerdo de la junta ni una resolución específica: el cese se produce de manera inmediata con la transmisión del inmueble.

El Tribunal Supremo y distintas Audiencias Provinciales han ratificado este criterio, recordando que el cargo no es personal sino inherente a la propiedad.

 

¿Cómo se elige al nuevo presidente de la comunidad?

La comunidad debe cubrir la vacante lo antes posible. Según el artículo 13 de la LPH, el presidente será elegido entre los propietarios mediante:

  1. Elección en junta (lo más habitual).
  2. Turno rotatorio o sorteo, si no hay acuerdo.

Es importante recordar que no basta con pasar el cargo “automáticamente”, al siguiente vecino en el turno. El artículo 14 de la LPH, exige que la junta de propietarios ratifique el nombramiento en una reunión formal.

 

¿Qué mayoría se necesita para nombrar presidente?

La elección requiere la mayoría de los votos de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación (artículo 17.7 de la LPH).

En caso de no alcanzar esa mayoría, se aplica la fórmula subsidiaria: turno rotatorio o sorteo. Así lo estableció la Audiencia Provincial de Madrid (23 de julio de 2020) para evitar bloqueos en la comunidad.

 

El papel del vicepresidente en caso de vacante

Si la comunidad cuenta con vicepresidente (artículo 13.4 LPH), este asume de manera provisional las funciones del presidente cuando hay vacante, ausencia o enfermedad.

Esto permite mantener la gestión activa hasta que se convoque la junta para designar un nuevo presidente.

 

¿Qué dicen los estatutos de la comunidad?

Además de lo que marca la LPH, los estatutos comunitarios pueden incluir normas internas sobre el procedimiento de nombramiento.

  • Algunas comunidades aplican turnos automáticos.
  • Otras prevén sistemas de suplencia inmediata.

Eso sí: los estatutos nunca pueden eliminar la exigencia legal de que el presidente sea propietario ni sustituir la competencia de la junta para validar el nombramiento.

 

Recomendaciones prácticas para la comunidad

Cuando el presidente vende su piso, lo recomendable es actuar con rapidez y organización:

  • Convocar junta extraordinaria lo antes posible para elegir nuevo presidente.
  • Redactar acta dejando constancia del cese y del nuevo nombramiento.
  • Notificar el cambio a bancos, proveedores, administraciones y compañías de seguros.
  • Revisar contratos y pólizas donde conste el presidente como representante legal de la comunidad.

 

Problemas frecuentes que pueden surgir

  • Vacío de poder si no se convoca junta con rapidez.
  • Vecinos que rechazan el cargo, lo que obliga a recurrir a turnos o sorteo.
  • Impugnaciones de acuerdos si el nombramiento no se aprueba correctamente en junta (artículo 18 de la LPH).

 

En definitiva, cuando el presidente de la comunidad vende su vivienda, su cese es automático porque deja de ser propietario. A partir de ese momento, la comunidad debe nombrar a un nuevo presidente en junta, respetando las mayorías que marca la ley o, en su defecto, mediante turno o sorteo.

La existencia de un vicepresidente ayuda a garantizar la continuidad, pero no sustituye la obligación de convocar junta y ratificar el nuevo cargo.

En Remax Action, recomendamos que las comunidades actúen con rapidez, documenten cada paso en acta y comuniquen el cambio a todas las partes implicadas. Así se evitan conflictos y se asegura la buena gestión de la comunidad.

 

¿Estás pensando en vender tu piso y no sabes cómo puede afectar si eres presidente de tu comunidad? En Remax Action te asesoramos durante todo el proceso para que vendas con tranquilidad y sin sorpresas legales.

 

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