¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo que grava la compraventa de viviendas de segunda mano en España. Su gestión corresponde a las comunidades autónomas, por lo que el tipo impositivo varía según la región. Este impuesto no se aplica a viviendas nuevas, que están sujetas a IVA y AJD.
En la Comunidad de Madrid, este impuesto es especialmente relevante dada la alta demanda de inmuebles de segunda mano.
¿Cuál es el tipo impositivo del ITP en Madrid en 2025?
El tipo general del ITP en Madrid es del 6% sobre el valor escriturado del inmueble. Sin embargo, existen bonificaciones y tipos reducidos para ciertos colectivos, lo que puede suponer un importante ahorro fiscal.
Bonificaciones y reducciones en el ITP en Madrid:
- 10% de bonificación en la cuota tributaria:
Para inmuebles de hasta 250.000 € destinados a vivienda habitual, adquiridos a partir del 1 de enero de 2019. - Tipo reducido del 4% para familias numerosas:
Aplicable si:- El comprador posee el título oficial de familia numerosa.
- El inmueble será su residencia habitual.
- Se vende la vivienda anterior en un plazo máximo de 2 años.
- Tipo reducido del 2% para empresas inmobiliarias:
Válido si:- El inmueble se destina a la reventa.
- Se incorpora al activo circulante de la empresa.
- Se transmite antes de 3 años.
- Bonificación del 100% para jóvenes en zonas rurales:
Jóvenes menores de 35 años que compren una vivienda en municipios de menos de 2.500 habitantes pueden beneficiarse de una exención total del ITP para fomentar el asentamiento rural.
¿Qué otros impuestos se pagan al comprar una vivienda?
Vivienda nueva: IVA y AJD
Si compras una vivienda nueva, el impuesto aplicable es el IVA, no el ITP. El tipo general del IVA es del 10%, excepto en Canarias, donde se aplica el IGIC del 6,5%.
Además, también deberás abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo porcentaje depende de cada comunidad autónoma. En Madrid, suele oscilar entre el 0,4% y el 1,5%, dependiendo del tipo de inmueble y del comprador.
Vivienda usada: solo ITP
En el caso de inmuebles de segunda mano, se paga el ITP, y no el IVA ni el AJD. No obstante, también se debe asumir un pequeño gasto adicional por los documentos notariales:
- 0,30 € por pliego de papel timbrado.
- 0,15 € por folio adicional.
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