La actualización del alquiler en España

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La actualización del alquiler en España, está regulada por el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que detalla cómo se debe reajustar el precio de la renta, durante la vigencia de un contrato. Aunque la ley establece el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC), como referencia por defecto si no se especifica otro índice, el Índice de Precios al Consumo (IPC)es el más utilizado en la práctica.

A continuación, analizamos cómo funciona el proceso de actualización del alquiler con el IPC en 2024, qué cambios se han implementado y cómo calcular correctamente el ajuste. No obstante, queremos matizar que, muy posiblemente en el próximo año 2025, haya novedades al respecto.

¿Qué es el IPC y cómo se utiliza para actualizar la renta?

El Índice de Precios al Consumo (IPC) mide las variaciones en los precios de bienes y servicios básicos, reflejando así la evolución del coste de vida y del poder adquisitivo. Este índice es calculado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que analiza los precios de una «cesta de la compra» representativa y los compara con los valores de meses anteriores.

Cuando el IPC es positivo, los precios han subido, lo que puede traducirse en un incremento en la renta del alquiler si el contrato lo contempla.

Actualización del alquiler con el IPC: Requisitos y método.

  1. Condiciones del contrato: Según la LAU, la renta puede actualizarse anualmente si esta cláusula ha sido pactada explícitamente. En caso de no incluirse la metodología específica, se aplicará el IGC en lugar del IPC. Si no hay acuerdo sobre la actualización, no se podrá modificar la renta mientras dure el contrato.

 

2. Procedimiento de cálculo con IPC:

      • Identifica el IPC anual publicado dos meses antes de la fecha de actualización.
      • Calcula el ajuste multiplicando la renta actual por el IPC (convertido a decimal). Por ejemplo, un IPC del 2% se convierte en 0.02.
      • Suma el resultado a la renta vigente para obtener el nuevo importe.
      • Plazos de notificación: Es obligatorio comunicar el nuevo importe al inquilino con al menos un mes de antelación.

Límites y excepciones: El tope del 3% hasta 2024.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda, los contratos de arrendamiento actualizados entre el 1 de abril de 2022 y el 31 de diciembre de 2024 están sujetos a un límite máximo del 3%, independientemente del IPC. Si el IPC es inferior al 3%, se aplicará el porcentaje más bajo.

Importante: Este límite solo afecta a contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Los alquileres de locales comerciales, oficinas y otros inmuebles no están sujetos a esta restricción y seguirán actualizándose según lo pactado.

Perspectivas para 2025: Un nuevo índice en camino.

El Gobierno planea implementar un índice de actualización más estable y reducido que el IPC, para los contratos de arrendamiento a partir de 2025. Aunque aún no se conocen los detalles, se espera que este cambio aporte mayor predicción en la evolución de los alquileres.

Consideraciones para propietarios e inquilinos.

    • Propietarios individuales pueden negociar incrementos superiores al 3%, pero en caso de desacuerdo, el límite será del 3%.
    • Grandes tenedores (más de 10 propiedades) no pueden superar el 3% bajo ninguna circunstancia.
    • Los contratos para locales comerciales y otros inmuebles seguirán las condiciones pactadas entre las partes.

Con estos puntos claros, tanto propietarios como inquilinos, podrán gestionar la actualización de la renta de manera informada y acorde a la normativa vigente. No obstante, cualquier duda que puedas tener, en Remax Action estaremos encantados de ayudarte.

Remax Action – La actualización del alquiler en España

 

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